Para el Estado venezolano es política prioritaria reconocer
a las Tecnologías de Información Libres como mecanismo para incentivar y
fomentar la producción de bienes y servicios dirigidos a satisfacer las
necesidades del pueblo, socializar el conocimiento, garantizar acceso
igualitario a las tecnologías y aumentar la capacidad nacional del sector.
Por esta razón, el 28 de diciembre de 2004 publica en Gaceta
Oficial N° 38.095 el Decreto N° 3.390 que establece: “Artículo 1. La
Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre
desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios
informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración
Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de
éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos”.
El Ministerio del Poder Popular para Ciencia,
Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI), a través del CNTI, el Gobierno
Bolivariano avanza en materia de capacitación tecnológica, inserción de las
tecnologías en las Misiones Bolivarianas, desarrollos de herramientas para la
automatización de las instituciones públicas, redes de datos, acceso al
conocimiento y normalización del sector de Tecnologías de Información Libres.
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